Acompaño la intimación que les ha llegado a los grandes contribuyentes en el día de hoy
SEÑOR CONTRIBUYENTE:
El Organismo Fiscal por Resolución Nº 16/2011 dispuso el pago de un Anticipo en Orden a la Contribución que incide sobre la Actividad Comercial Industrial y de Servicios, para la Categoría de Grandes contribuyentes, para los períodos fiscales 2011/08; 2011/09; 2011/10; 2011/11 y 2011/12 respectivamente.
El monto a abonar en concepto de mencionados anticipos por cada uno será igual al 12% de lo abonado y/o a abonar por el período fiscal 2011/05 correspondiente a la citada Contribución.
El pago de los anticipos deberá efectuarse el día 01/08/2011.-
Se considerara el pago del anticipo a cuenta de los períodos fiscales 2011/08; 2011/09; 2011/10; 2011/11 y 2011/12, de la Contribución que incide sobre la Actividad Comercial , Industrial y de Servicios, según corresponda.
Asimismo quien no cumpla con el pago del/los anticipo/s estará sujeto a las sanciones dispuestas en citada Resolución como así también toda otra dispuesta en el C.T.M.V. por omisión a deberes formales y sustanciales, y generara los recargos e intereses pertinentes.
Ud. Podrá obtener el cedulón de pago, ya calculado a través de la página web de la Municipalidad de Córdoba.- www.cordoba.gov.ar